La Apostilla de La Haya es una certificación notarial cuyo objeto es certificar la autenticidad de la firma de un documento y posibilitar su uso fuera del país donde se redactó el documento. Se entrega en forma de nota o sello.
Es el resultado de una convención que fue firmada por los países contratantes conocida el Convenio HCCH sobre la Apostilla de 1961.
La apostilla de La Haya es, por tanto, un procedimiento simplificado cuyo objetivo es el mismo que el de la legalización y que elimina la exigencia de esta última. La legalización certifica que un documento público redactado en el extranjero es auténtico al dar fe de la veracidad de la firma y la calidad de la autoridad que firma el documento, pero no se refiere al contenido del documento.
El procedimiento de apostillado consiste en estampar en un documento público, o en una extensión del mismo, una apostilla o anotación que certifique la autenticidad de la firma de los documentos públicos expedidos en cualquiera de los países firmantes. Esto permite que los documentos a los que se adjunte sean reconocidos en cualquier otro país de la Convención sin recurrir a ningún otro tipo de autenticación.
Los documentos que requieren la Apostilla de La Haya son:
• Documentos judiciales: documentos que emanan de una autoridad o funcionario vinculado a una jurisdicción del Estado, incluidos los que emanan del ministerio público o de un secretario, funcionario o agente judicial.
• Documentos administrativos: certificaciones oficiales de actos privados, tales como la certificación del registro de un documento, la certificación de la veracidad de una fecha y las certificaciones oficiales y notariales de firmas en actos de carácter privado.
Salvo que una regla prevea una exención, para que sea válido, todo documento público extranjero que se pretenda producir en España y todo documento público español que se pretenda producir en el extranjero deberá estar legalizado o apostillado.
Solo se aceptan documentos originales autenticados o apostillados (o copias auténticas emitidas por la organización que expide el documento original). Las fotocopias legalizadas o apostilladas no sustituyen al documento original.
La legalización y la apostilla no caducan pero su validez (limitación en el tiempo) es la misma que la del documento original.
La Apostilla de La Haya es competencia exclusiva de las autoridades del país emisor del documento. Cuando las autoridades del país de emisión de los documentos colocan la apostilla, no es necesario realizar ningún otro trámite.
En España, para incluir la Apostilla de La Haya en un documento, se puede acudir a diferentes organismos públicos, como la oficina central de atención al ciudadano del Ministerio de Justicia.
Miguel Morillon
Abogado del Ilustre Colegio de Abogados de Madrid