El Reglamento Sucesorio Europeo indica que cualquier persona puede optar porque se le aplique su ley nacional en el momento de dicha opción en el momento de su fallecimiento.
La opción manifestada por el testador en el sentido de que elige como ley aplicable a su sucesión futura la ley nacional que ostente al momento de formalizar su testamento, parece no estar en cuestión.
Sin embargo el referido Art. 22 nos indica en su apartado 2 in fine que “la elección deberá hacerse expresamente en disposición mortis causa, o habrá de resultar de los términos de una disposición de ese tipo”. La cuestión a dilucidar sería la de qué elementos deben ser considerados para entender que el causante ha manifestado de forma indubitada la opción por su ley nacional: ¿sería por ejemplo una opción tácita al otorgar el testamento ante un notario nacional correspondiente a la nacionalidad del otorgante, incluso aunque dicho testamento se formalizara hace muchos años, y que además, en el mismo se invoquen figuras jurídicas propias de dicho ordenamiento jurídico nacional?
Si la respuesta es afirmativa se deben completar con una mención expresa de sometimiento a la ley nacionalidad del causante si es su intención a todos aquellos testamentos anteriores a entrada en vigor del Reglamento 650/2012.Puede ocurrir que se otorgue un testamento en el país de origen y mas tarde resida en oro país europeo puede suceder que dicho acto de última voluntad, sea analizado en el momento de su aplicación por una norma nacional distinta a la que le sirvió de base en su otorgamiento, es decir, la norma nacional del país de residencia del causante.
Situación muy habitual en España ya que acoge a muchos ciudadanos europeos que posiblemente han otorgado disposiciones de última voluntad en sus países de origen, por lo que no resulta ocioso el análisis de la posibilidad de considerar los actos realizados por el testador con anterioridad a la entrada en vigor del Reglamento Sucesorio Europeo que permitan suponer una voluntad tácita de sometimiento a la norma nacional.
Miguel Morillon
Abogado