A TRAVÉS DE LA INFORMACIÓN PRECONTRACTUAL SE HAN TRATADO DE PREVENIR CIERTAS SITUACIONES CONFLICTUALES, A EXPENSAS DEL CONOCIMIENTO POR EL FRANQUICIADO DE ALGUNAS CIRCUNSTANCIAS NEGOCIALES.
1. Dificultades para la delimitación
Únicamente, a través de la información precontractual se han tratado de prevenir ciertas situaciones conflictuales, a expensas del conocimiento por el franquiciado de algunas circunstancias negociales.
Desde una vertiente concurrencial y contractual, es importante precisar los límites jurídicos del negocio de franquicia para evitar que bajo el pretexto de armonización y racionalización de la red en garantía del franquiciador, del conjunto de franquiciados y de los consumidores, se consientan todo tipo de excesos de libertad negocial.
2. Límites registrales
La obligatoria inscripción del franquiciador en el Registro creado al efecto por el RD 1485/1998 con carácter previo al incio de la actividad de cesión de franquicia, constituye un límite jurídico a la capacidad contractual de éste.
A salvo de la descripción del negocio de franquicia, los demás datos que figuran en el Registro de Franquiciadores representan una reiteración difícilmente justificable de lo inscrito en otros institutos registrales.
Es en relación con otros Registros que seguidamente se examinan donde verdaderamente radica el riesgo de desconexión registral
El contenido del Registro Mercantil aparece trasvasado al Registro de Franquiciadores conforme al artículo 7 a del RD con la posibilidad de interferencias recíprocas entre los mismos. La asunción por el Registro de Franquiciadores de los datos previamente inscritos en el Registro Mercantil favorece la incidencia jurídica de aquél
La extralimitación jurídica del Registro de Franquiciadores se extiende al Registro de Marcas por la complejidad misma del negocio de franquicia. La afectación por este contrato de derechos de propiedad industrial repercute a nivel registral por la necesidad de inscribirlos conjuntamente en el Registro de Franquiciadores y en la Oficina Española de Patentes y Marcas.
El titular de una marca o nombre comercial no inscrito en el Registro de Franquiciadores no puede disponer de su derecho de propiedad sobre ambos elementos mediante cesión por vía del contrato de franquicia.
3. Restricciones negociales y limites aplicables
La franquicia como cadena empresarial suele adoptar una estrategia común susceptible de vulnerar la competencia en el mercado. Paralelamente, la red franquiciada integra a un conjunto de distribuidores que pueden colisionar entre sí a nivel concurrencial. Desde ambas perspectivas, externa e interna, se comprueba la incidencia del contrato de franquicia en el campo de la compentencia.