Por primera vez, los contribuyentes podrán acceder a los datos fiscales a través del Smartphone. La nueva app facilita presentar el borrador de la declaración pero no modificarlo por lo que es importante no apresurarse e incluir, antes de su confirmación, todas las deducciones o datos relevantes.
- Cuotas sindicales y colegios profesionales, siempre que la colegiación sea obligatoria para poder trabajar. Pueden deducirse los gastos en abogados para defenderse frente a la empresa o los gastos que puedan originarse por movilidad geográfica del empleado hasta 200 euros. Los trabajadores activos con discapacidad podrán desgravarse entre 3.500 y 7.750 euros dependiendo el grado de discapacidad. Las aportaciones a partidos políticos y las donaciones también dan derecho a deducción.
- Ayudas sociales. Deducciones por familia numerosa, ascendientes o descendientes con discapacidad, familias monoparentales con dos hijos sin derecho a pensión de alimentos y madres trabajadoras con hijos menores de tres años ( 1200 euros/año).
- Deducciones autonómicas. Dependiendo de la comunidad autónoma en la que residamos tendremos beneficios fiscales como gastos por estudios de los hijos, adopción… La deducción estatal por alquiler de vivienda habitual se mantiene vigente sólo para inquilinos con contratos anteriores a 2015, deduciéndose el 10,5% de las cuotas siempre que la base imponible sea inferior a 24.107.20 euros al año. Al margen de esto, cada Comunidad Autónoma establece sus propias deducciones. Por otro lado, podrán incluir la deducción por la compra de una vivienda habitual aquellos que compraron o hicieron un pago para su construcción antes de 2013.
- Viviendas y locales vacíos. Generan lo que se denomina “imputación de rentas inmobiliarias”, por lo que conviene revisar si hay inmuebles que ya no sean de nuestra propiedad, que sean de varios titulares o que estén habitadas por el ex cónyuge.
- Se podrán deducir las obras de rehabilitación o ampliación de la vivienda habitual y las obras por adecuación del inmueble a personas con discapacidad realizadas antes de 2013 y finalizadas antes de 2017. No deben olvidarse los intereses devueltos por las clausulas suelo de las hipotecas. En el caso de parejas separadas con hijos, si el ex cónyuge continúa pagando la hipoteca, podrá incluir la deducción por vivienda habitual.
- Planes de pensiones. Los contribuyentes deberán verificar las aportaciones realizadas cuyo ahorro fiscal puede suponer entre un 19% y un 45% de la inversión.
- Ganancias patrimoniales. Existen exenciones después de vender su vivienda habitual para mayores de 65 años y personas en situación de dependencia severa o gran dependencia. Las ganancias obtenidas por los contribuyentes mayores de 65 años por la venta de cualquier bien estarán exentas de tributación si el importe se destina a crear una renta vitalicia o se reinvierte en la compra o rehabilitación de otra vivienda habitual en un plazo de dos años. Por otro lado, deberán figurar en el borrador tanto aquellos acontecimientos relaciones con nacimientos, cambios estado civil, defunciones… como minusvalías personales y/o familiares.
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