El Supremo valida la normativa que impuso un recorte a la retribución de las energías renovables en 2014.
La Sala Tercera del Tribunal Supremo ha dictado una sentencia el 1 de junio por la que desestima el recurso interpuesto contra el RD 413/2014 de 6 de junio y contra la Orden IET/1045/2014 de 16 de junio, normas que establecieron un nuevo régimen retributivo del sector eléctrico aplicando un recorte de cerca de 1700 millones de euros a las energías renovables.
La principal razón que invoca el Alto Tribunal para validar dicha normativa es que no se trata de normas que definan ex novo un régimen jurídico establecido, sino que desarrollan lo estipulado en el RD ley 9/2013 de 12 de julio, que ha sido avalado este año por el TC afirmando que respeta los principios de seguridad jurídica, confianza legítima e irretroactividad.
Considera, además, el Tribunal Supremo que no se viola el principio de irretroactividad de la norma y que no se produce expropiación de unos derechos patrimoniales adquiridos.