Desde distintos ámbitos, muchas voces piden una inmediata bajada de impuestos, con el objetivo de reactivar el consumo.
El Gobierno ha anunciado que se bajaran en 2015. De momento, los Presupuestos Generales presentados por el Ejecutivo para este año no contienen nuevas subidas fiscales, sino incorporan alguna rebaja selectiva incluida en la ley de emprendedores.
Las novedades fiscales:
1.- ¿Qué ventajas fiscales traerá la nueva ley de emprendedores?
Las pymes y autónomos pueden ingresar el IVA repercutido sólo cuando lo cobren de sus clientes. En el Impuesto sobre Sociedades, las pymes podrán aplicar una deducción del 10% sobre los beneficios que reinviertan en activos empresariales. Y en el IRPF, se incorpora una nueva deducción del 20% por la inversión en empresas de nueva o reciente creación.
2.- ¿Subirá otra vez el IVA en el año 2014?
Se baja del IVA del tipo general (21 %) al tipo reducido (10%) en las entregas de objetos de arte que realicen sus autores.
También, desde la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea de 17 de Enero de 2013, el Gobierno ha elevado el IVA de algunos productos sanitarios y farmacéuticos del 10% al 21% (gafas, lentillas y audífonos).
3.- ¿Qué ocurre con el aumento de tipos de IRPF?
En aumento de los tipos del IRPF entre el 0,75% y el 7%, se prorroga en 2014.
4.- ¿Y con la deducción en la compra de vivienda?
Las compras de inmuebles que hayan tenido lugar antes del 1 de enero de 2013 ya no darán derecho a deducirse el 15% de las cantidades abonadas efectivamente durante el año en curso. Esto tendrá su impacto real este año 2014, cuando los contribuyentes realicen la Declaración de la Renta de 2013.
No obstante, a aquellos contribuyentes que hubiesen adquirido su vivienda habitual antes del 1 de enero de 2013, se les ha permitido continuar aplicando esta deducción de manera transitoria, al menos en su declaración de este año 2013.
5.- ¿Hay algún cambio en el Impuesto de sociedades?
A las grandes empresas se les permite aplicar deducciones por I+D+it con un mayor límite, e incluso podrán pedir el abono de estas deducciones.
Como medida restrictiva las grandes compañías que tengan entidades participaciones en otras empresas, ya no podrán utilizar las eventuales pérdidas en que sus participadas o sucursales incurrieran para reducir su factura por el Impuesto de Sociedades.
6.- ¿Se eliminará el Impuesto de Patrimonio?
De momento, no.
7.- ¿Se aplicará el impuesto autonómico a los depósitos?
Un impuesto a los depósitos con un tipo del 0% ha sido introducido para evitar que Andalucía, Extremadura y Canarias pudieran seguir recaudándolo, puesto que dos administraciones no pueden gravar un mismo hecho imponible, y evitar que se extendiera a otras comunidades.
8.- ¿Qué productos nos ofrecen ventajas fiscales interesantes?
Los fondos de inversión, los depósitos y las pensiones nos permiten atenuar la subida impositiva en las rentas del ahorro.
Los depósitos a largo plazo, pueden ser una buena oportunidad de inversión (el incremento de la tributación de la renta del ahorro llega hasta el 27 %). A partir de 2015, se deberían restablecer los tipos del 19 y 21%.
Gracias a los fondos de inversión, se puede traspasar el dinero más las ganancias de un fondo a otro sin tener que pagar (utilizando el dinero de un fondo para contratar otro).
Las aportaciones a los planes de pensiones reducen la base general del IRPF y no hay que pagar por los beneficios que se vayan generando, sino que será en el momento de percibir la prestación (básicamente por jubilación, invalidez y fallecimiento de su titular) cuando deba tributar como una renta del trabajo.
Miguel Morillon