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27 mars 2026

El Certificado Sucesorio Europeo : un instrumento esencial en las herencias internacionales

El Certificado Sucesorio Europeo : un instrumento esencial en las herencias internacionales

Despacho de abogados frances para el Certificado Sucesorio Europeo y las herencias en España y Francia. El CSE en Morillon Avocats en España

Las sucesiones internacionales suelen generar numerosos obstáculos: trámites paralelos en distintos países, demoras administrativas, normas contradictorias y dificultades para hacer valer los derechos de los herederos en el extranjero. Cuando el fallecido poseía bienes en varios Estados miembros o los herederos residen en países distintos, los procedimientos de reconocimiento se vuelven complejos y pueden alargarse considerablemente.

Para responder a estas situaciones, la Unión Europea creó el Certificado Sucesorio Europeo (CSE), un instrumento único y armonizado que facilita la circulación de los derechos sucesorios dentro de la UE.

Derivado del Reglamento (UE) n.º 650/2012 y aplicable desde el 17 de agosto de 2015, el CSE permite a herederos, legatarios y ejecutores testamentarios acreditar su condición de manera más sencilla en los Estados miembros que aplican el Reglamento (con excepción de Dinamarca e Irlanda). Este mecanismo evita la necesidad de repetir trámites en cada país implicado y ofrece un marco claro para gestionar sucesiones con elementos transfronterizos.

El Certificado Sucesorio Europeo es un documento oficial expedido por la autoridad competente del Estado donde se tramita la sucesión, habitualmente un notario o un tribunal, que permite acreditar la condición y los derechos de los herederos, legatarios y ejecutores testamentarios en el conjunto de los Estados miembros que aplican el Reglamento, sin necesidad de recurrir a trámites como la legalización, la apostilla o el exequátur.

Se trata de un documento uniforme en toda la Unión Europea cuyo objetivo es aportar seguridad jurídica cuando la sucesión presenta un elemento internacional: residencia en un país, bienes en otro, herederos en distintos Estados, testamentos otorgados en el extranjero, etc. Gracias a él, los derechos sucesorios pueden demostrarse de forma clara, rápida y directamente reconocida en el ámbito territorial del Reglamento.

El Certificado Sucesorio Europeo resulta especialmente útil en sucesiones que incluyen bienes situados en un Estado miembro distinto de aquel donde se abre la sucesión.Muchas operaciones requieren que las autoridades locales reconozcan la condición de heredero. El CSE proporciona este reconocimiento de forma inmediata.En la práctica, acelera muchos trámites : un banco extranjero puede desbloquear una cuenta basándose únicamente en él; un notario de otro Estado miembro puede utilizarlo para inscribir a los herederos en el Registro de la Propiedad o para formalizar la transmisión de un inmueble. También se convierte en una herramienta clave para la venta de bienes inmuebles o la liquidación de activos en distintos países.

También es decisivo cuando los herederos residen en países distintos. Permite identificar rápidamente los derechos de cada uno y determinar quién está facultado para administrar el patrimonio, disponer de bienes, desbloquear fondos o liquidar deudas sucesorias.

En numerosos países europeos, el CSE constituye la vía más sencilla para lograr el reconocimiento de los derechos sucesorios, ya que goza de presunción de veracidad y suele aceptarse sin necesidad de documentos adicionales.

El contenido del CSE está estrictamente definido por el Reglamento europeo. Debe incluir la identidad completa del fallecido, los elementos que acreditan la competencia de la autoridad emisora y la ley aplicable a la sucesión*.

También incorpora la identidad de los herederos y legatarios, la cuota que corresponde a cada uno y la naturaleza de sus derechos. Si existe un ejecutor testamentario o un administrador de la sucesión, el certificado describe sus facultades, ya sean de administración, disposición o adjudicación de bienes.

Al estar regulado a nivel europeo, el CSE goza de presunción de exactitud: mientras no haya sido modificado, suspendido o revocado, las autoridades de los Estados miembros que aplican el Reglamento deben basarse en su contenido.

*Nota: Salvo que el fallecido haya elegido en vida, mediante testamento u otro instrumento, la ley de uno de sus países de nacionalidad, la ley aplicable a la sucesión será la del Estado en el que tenía su residencia habitual, salvo que exista un vínculo manifiestamente más estrecho con otro país.

El CSE no sustituye a los actos nacionales que acreditan la apertura de la sucesión y la condición de heredero en el país de origen.

En España sigue siendo necesaria la declaración de herederos; en Francia, el acte de notoriété ; en Italia, la dichiarazione di successione.

El CSE actúa como una extensión internacional de estos documentos. Una vez determinada la sucesión en el Estado de origen, el CSE permite trasladar sus efectos a otros países de la Unión sin trámites adicionales.