Si el contribuyente ha vendido una vivienda en el año 2020, entonces tiene que incluir la operación en la declaración de la Renta, dado que está sujeta a gravamen en el IRPF por la ganancia patrimonial que se obtiene. Las pérdidas patrimoniales no tributan, pero también deben declararse y es posible compensar con otras ganancias patrimoniales, como fondos o acciones, rebajando así la factura fiscal.
A tener en cuenta:
Con carácter general, la ganancia se determina por la diferencia entre los valores de transmisión y de adquisición.
El valor de transmisión es el importe real por el que la enajenación se haya efectuado, teniendo en cuenta el precio de venta de la casa y restando los gastos y tributos asociados a la transmisión, como la plusvalía municipal. En caso de que el contribuyente haya firmado una hipoteca para comprar una nueva casa, entonces se considerará como importe total obtenido en la transmisión el valor de la venta menos el principal del préstamo pendiente de amortizar.
El valor de adquisición está formado por el importe real por el que se adquirió el bien objeto de transmisión, al que se pueden sumar el importe de los gastos y tributos inherentes a la compra como el IVA o el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP), excluidos los intereses, y el coste de inversiones y mejoras realizadas en la vivienda. Hay que restar las amortizaciones
De cara al año que viene, la aprobación de los nuevos Presupuestos Generales del Estado de 2021 trae algunas novedades en el pago del IRPF para las rentas más altas. Se suma un nuevo tramo del 26% para aquellas ganancias superiores a los 200.000 euros.
Las ganancias patrimoniales obtenidas por la venta de una vivienda habitual están exentas de tributación si todo el dinero obtenido por la transmisión se reinvierte en la compra de otra vivienda habitual. Pero, con el estado de alarma, se paralizaron los plazos para la reinversión en vivienda habitual, que deben efectuarse de una sola vez o sucesivamente, en un período no superior a dos años desde la fecha de transmisión de la vivienda habitual.
Por último, hay que tener en cuenta las plusvalías en la venta del piso. Este impuesto grava el incremento de valor que ha experimentado la casa a lo largo del tiempo.